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La Junta de Andalucía permite abrir a los bares hasta las 23:30 horas “exclusivamente para el servicio de entrega a domicilio”

La Junta de Andalucía ha decidido introducir una excepción a la limitación horaria que exige el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración a partir de las 18:00 horas, vigente desde el pasado martes día 10, para permitir que continúen con su actividad hasta las 23:30 horas “exclusivamente para el servicio de entrega a domicilio”, fijando las 22:30 horas como “hora límite para realizar pedidos”.

La “corrección de errores”, publicada este viernes en el BOJA, adapta en primer lugar el horario de la hostelería a las nuevas restricciones en vigor desde el martes 10 de noviembre, que obliga al cierre de toda actividad no esencial a partir de las 18:00 horas, y establece con carácter general que “el horario de cierre al público de los establecimientos será 30 minutos antes de la hora fijada por decreto del presidente de la Junta de Andalucía en virtud de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma”.

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