El Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del pasado miércoles, 11 de noviembre, publicaba la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que se aprobó en el Pleno Extraordinario del pasado 30 de octubre. Con esta modificación se impondría el recargo de un 50 % del IBI a las viviendas vacías que sean propiedad de las entidades financieras.
La publicación en dicho boletín es el siguiente paso para poder llegar a la aprobación definitiva de la modificación de esta Ordenanza Fiscal, que contó con el apoyo de todos los grupos políticos a excepción del PA. Ahora, y desde el día 12 de este mes de noviembre se abre el plazo de treinta días hábiles para la exposición pública del expediente y que “las personas que tengan interés directo o resulten afectadas” puedan presentar sus reclamaciones.
Transcurrido este plazo y de no haberse recibido reclamaciones “los acuerdos adoptados quedarán definitivamente aprobados”.
