La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa, que condena a dos varones por un delito leve de defraudación del fluido eléctrico, al contar la nave y la vivienda que tenían alquilada en Utrera con suministro energético derivado de una acometida ilegal a la red.
En una sentencia emitida el pasado mes de julio, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla aborda los recursos de apelación de dos varones, contra una sentencia del juzgado de Instrucción número 4 de Utrera que los condena a sendas multas por un delito leve de defraudación del fluido eléctrico, así como a indemnizar a Endesa con 3442 euros.
El juzgado declaró probado que el 17 de febrero de 2022, agentes de la Guardia Civil comprobaron que ambos inculpados “venían valiéndose de una conexión en servicio directo, es decir, careciendo del correspondiente contador eléctrico, a la red eléctrica, para suministrar de energía eléctrica a la nave y a una vivienda sitas en una parcela ubicada en la vía pecuaria Las Mesas, las cuales tenían arrendada y cedida, respectivamente, por su propietaria, ocultando dicho consumo a mercantil E-Distribuciones Redes Digitales.
“Dicho consumo se cuantificó en 2.830,53 euros sin tributos aplicables y 3.442,07 euros con tributos aplicados”, declaró probado el Juzgado, descartando que la mujer propietaria de los inmuebles “haya realizado la citada manipulación ni se haya beneficiado de la defraudación cometida”.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la sentencia inicial condenatoria del Juzgado de Utrera, desestimando por completo los recursos de apelación.