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Los autónomos utreranos pueden solicitar las ayudas de la 2ª convocatoria “Utrera Importa” a partir de este martes

La delegada municipal de Reactivación económica y Empleo, Rocío Ayala, ha presentado la segunda convocatoria de ayudas a los autónomos “Utrera importa” que, este mismo lunes, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los autónomos utreranos ya pueden solicitar dichas ayuda y cuentan con un plazo de 20 días hábiles, a partir de este 8 de marzo.

La novedad que presenta con respecto a la anterior convocatoria es que se ha creado una línea de ayuda específica para los hosteleros además de la creada para los autónomos en general.

Será en un par de semanas “se convocarán unas ayudas específicas para el sector de la hostelería con el objeto de que los establecimientos hosteleros puedan adaptarse a la nueva ordenanza de veladores con el menor costo posible”.

El 24 de febrero, la Corporación Municipal en pleno aprobaba las Bases reguladoras de ayudas del Ayuntamiento de Utrera a personas trabajadoras o por cuenta propia para mantenimiento de la actividad económica en el marco del Plan de Reactivación económica y social con cargo a la línea 7 del Plan Contigo, de la Diputación Provincial de Sevilla.

Ayala explicaba que con estas ayudas se “materializa el compromiso con el comercio local y a la economía de la ciudad como ya se hizo desde el inicio de la pandemia”.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, no encontrándose en alguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones cumplan los siguientes requisitos.

Los requisitos a cumplir por los solicitantes son los siguientes:

Tener y mantener local y/o domicilio fiscal en el municipio de Utrera salvo actividades de comercio ambulante recogidas en las bases.

Estar en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (R.E.T.A) o mutua profesional y en el Impuesto de Actividades Económicas con al menos seis meses de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria en el B.O.P de Sevilla y permanecer de alta en la fecha de la solicitud.

Estar incluida la actividad dentro de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el artículo 7 de las bases.

No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal (AET) y con la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) y no tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Utrera, requisitos estos que deben aportarse en el momento de la solicitud de la ayuda debiendo en cualquier caso quedar acreditado antes de la propuesta de resolución de la concesión de la ayuda y en el momento del pago de la misma.

Tendrá la consideración de concepto subvencionable el mantenimiento de la actividad empresarial de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, de conformidad con los requisitos del artículo décimo afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria con motivo de las consecuencias ocasionadas por la COVID-19, así como, por la declaración del estado de alarma para contener la propagación de las infecciones causadas por la SARS-CoV-2 y por las medidas de contención y prevención adoptadas.

Se considera “mantenimiento de la actividad” el haberla ejercido ininterrumpidamente con una antigüedad mínima de seis meses tomando como referencia el momento de publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla y pasados un mínimo de seis meses tras la citada publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.

La cuantía destinada a atender estas ayudas asciende a un importe total de 175.000,00 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria Ayudas a Autónomos “Programa de Empleo y Apoyo Empresarial” Plan Contigo, del vigente Presupuesto Municipal 2022.

La concesión de ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible destinado a atender las mismas en ese momento, pudiendo dicho crédito ser incrementado sin necesidad de efectuar nueva convocatoria.

Las subvenciones que se concedan serán adjudicadas teniendo en cuenta los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Su gestión se realizará con criterios de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva, para las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos en las Bases, atendiendo a los criterios que a continuación se relacionan y hasta el agotamiento de la financiación disponible en estas bases y convocatoria.

Se atenderá al orden de entrada de las solicitudes para el caso de no existir crédito suficiente para atender a todas aquellas que se hubieran presentado.

Se concederá una cantidad fija para los autónomos que cumplan los requisitos para ser beneficiarios y cuya actividad se encuadre en los supuestos establecidos en las siguientes Agrupaciones, Grupos y Epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas conforme al Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre y que son:

Sección Epígrafe Descripción Cuantía

1ª 755 Agencias de viaje 2.000,00 €
1ª 681 Hospedaje en Hoteles y Moteles 2.000,00 €
1ª 682 Hospedaje en Hostales y Pensiones 2.000,00 €
1ª 677 Servicios prestados fuera establecim o serv alimentación 1.500,00 €
1ª 981 Jardines, Parques Atracc y Acuat y Pist-Pat 1.500,00 €
1ª 971 Lavandería y Tintorería 1.000,00 €
1ª 453 Confección en serie de toda clase de prendas de vestir y sus complementos 1.000,00 €
1ª 454 Confección a medida de prendas de vestir 1.000,00 €
1ª 455 Confección de otros artículos textiles N.C.O.P 1.000,00 €
1ª 651 Com. Prod text,confec,calzado piel y cuero 1.000,00 €
1ª 973 Servicios fotográficos y fotocopias 1.000,00 €
1ª 967 Instalaciones Deportivas y escuel y perfecc deporte 1.000,00 €
1ª 721.2 Transporte por autotaxis 800,00 €
1ª 972 Peluquerías y Salones de Belleza 800,00 €
1ª 663 Com. Fuera de un Establecimiento 600,00 €
1ª 965 Espectáculos 800,00 €
2ª 826 Personal Docentes Enseñanzas diversas 800,00 €
Sección Grupo Denominación Cuantía
3ª 032 Intérpretes de instrumentos musicales 800,00 €
3ª 033 Cantantes 800,00 €
3ª 039 Otras actividades relacionadas con la música N.C.O.P 800,00 €

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