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El Ayuntamiento de Utrera ofrece consejos para la convivencia ciudadana

El Ayuntamiento de Utrera desde la Delegación de Participación Ciudadana ha repartido unos trípticos informativos de la Ordenanza Municipal de Medidas para el Fomento y Garantía de la Convivencia Ciudadana en los Espacios Públicos de Utrera. El objetivo primordial de esta Ordenanza es el de preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo en el que todas las personas que transiten o residan en el termino municipal puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y recreo.

El folleto explicativo recoge las normas en torno a cuatro grupos: Degradación Visual del entorno urbano, Limpieza y Espacio Público, Actividades de Ocio en Espacios Públicos y Actitudes Vandálicas. En el primer grupo se prohíbe la actividad publicitaria en los lugares no autorizados por el ayuntamiento y en el mobiliario urbano, salvo en lo inmuebles de titularidad privada, previo consentimiento del propietario. También se prohíben los grafitis y pintadas sobre cualquier espacio público y realizado con cualquier tipo de material. En ambos casos las multas oscilarán entre los 750 y los 3.000 euros.

En materia de limpieza se recuerda que está prohibido arrojar, verter o abandonar cualquier tipo de residuos o basuras en la vía pública, realizar necesidades fisiológicas en cualquier espacio público y la recogida inmediata por parte de los propietarios de mascotas de las deyecciones de éstos. Además, los dueños de animales domésticos tendrán que velar porque sus animales no orinen ni defequen en las aceras ni otros espacios de tránsito. En todos estos casos las sanciones pueden oscilar entre los 500 y, en los casos más graves, los 1.500 euros.

Sobre el ocio en los espacios públicos, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios públicos, excepto en los destinados a terrazas y veladores que cuenten con la preceptiva licencia municipal, dentro del horario establecido para ello. Asimismo, se prohíbe la entrega o dispensación de bebidas alcohólicas por parte de establecimientos comerciales fuera del horario establecido para su venta, así para su consumo fuera del establecimiento y de las zonas anexas autorizadas. La infracción de estas normas puede suponer sanciones desde los 300 hasta los 24.000 euros.

La ordenanza también prohíbe la prestación o realización de servicios en los espacios públicos sin contar con la autorización pertinente, así como su ofrecimiento de manera persistente o intimidatoria. Esto afecta a prácticas como la ordenación, vigilancia y aparcamiento de vehículos, y también a trabajos de tatuaje, videncia o masajes, entre otros. En este caso las multas pueden alcanzar los 120 euros.

Los progenitores de los menores que realicen actos vandálicos serán los responsables subsidiarios de los actos de sus hijos, así lo recoge la ordenanza que prohíbe expresamente la manipulación, alteración o modificación del mobiliario urbano, cuadros eléctricos, zonas de parques y jardines, etc. Las multas oscilarán entre los 750 y los 1.500 euros. También se sancionarán aquellas conductas que, bajo apariencia de mendicidad, obstaculicen de manera intencionada el tránsito de personas. Igualmente será sancionable la práctica de juegos que puedan poner en peligro la integridad física de los demás ciudadanos o causar daños a los bienes; bañarse, lavar objetos, abrevar animales o introducirse en las fuentes decorativas; además de explosionar cohetes o petardos que puedan producir ruidos o causar incendios.

Las sanciones se tipificarán en leves, graves y muy graves. Asimismo se prevé la intervención de los agentes de la autoridad para retirar de forma cautelar material o bebidas, según los casos.

El ayuntamiento podrá autorizar que la sanción de multa por la comisión de infracciones leves, pueda cumplirse mediante la asistencia alternativa y voluntaria a charlas o cursos relacionados con la convivencia ciudadana y actuaciones sociales comunitarias.

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